Luego de que el Ejecutivo nacional los decretara en el Boletín Oficial, la Comuna informó que seguiría las medidas dispuestas. De esta manera, sólo los servicios de urgencia trabajaran para atender a quien lo necesite.
Este viernes 17 de diciembre, las autoridades municipales confirmaron que La Plata adhiere a la disposición del Gobierno Nacional de decretar asueto los dos días festivos de fin de año. “El 24 y el 31 habrá asueto administrativo en el municipio, siguiendo las medidas dispuestas por el gobierno nacional”, anunciaron.
De esta manera, los empleados municipales quedarán exentos de trabajar en vísperas de Navidad y Año Nuevo. Sin embargo, desde la gestión municipal se aclaró que áreas clave como el Servicio de Atención Médica de Emergencias y las salas de salud locales, entre otros servicios, seguirán funcionando con guardias especiales para garantizar la atención de los vecinos que lo necesiten.
Los asuetos se dieron a conocer a nivel nacional a través del Decreto 861/2021 publicado este viernes en el Boletín Oficial. La Norma lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y el ministro del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro, y pretende que los trabajadores públicos puedan pasar las fiestas junto a sus familiares y/o seres queridos.
A su vez, el ejecutivo nacional instruyó “a los distintos organismos para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales”. Y aclaró que esta medida “no alcanzan a las instituciones bancarias y entidades financieras”, pero el Banco Central de la República Argentina (BCRA) autorizó a las entidades y casas de cambio a disponer de esos días con libertad, por lo que se espera que sigan la misma lógica que la administración pública y tampoco haya atención bancaria durante esos días pero los canales electrónicos seguirán funcionando como cualquier feriado.
Estos asuetos fueron dispuestos teniendo en cuenta que tanto el 24 como el 31 de este mes tienen lugar un viernes, por lo que serían jornadas laborables. Solo los 25 de diciembre y 1° de enero de cada año son considerados feriados nacionales inamovibles, los cuales, además, son los últimos que quedan en el año.