La consejal de Juntos por el Cambio, Romina Cayón presentó un proyecto para prohibir su uso, junto con otras medidas relacionadas con los festejos en las Fiestas.
En las últimas horas, concejales de Juntos por el Cambio presentaron un proyecto para prohibir el uso de pirotecnia ruidosa en La Plata.
Las multas serían de hasta 26.500 pesos para el vecino que viole la regla y de hasta 266.500 pesos para una persona jurídica.
Se busca prohibir “la venta y uso de artículos pirotécnicos de alto poder a los menores de 16 años, entendiéndose como tales, a todos los elementos pirotécnicos susceptibles de causar daño grave a la vida o en la salud de las personas”.
Además de negar “la adquisición y uso por parte del Departamento Ejecutivo Municipal de artículos y artificios de pirotecnia, de estruendo o sonoros en los eventos y/o espectáculos que organice”.
Este proyecto, cuya autora es Romina Cayón, está motivado por “el enorme efecto negativo que produce la pirotecnia sonora en personas con enfermedades cardíacas, personas con Síndrome de Down, Asperger, Autismo, Alzheimer y personas con discapacidades cognitivas o neurológicas que no comprenden la causa de explosiones, así como bebés y niños con mayor sensibilidad auditiva”.
Otro punto muy importante es el caso de los animales. En la propuesta se especifica que ellos “tienden a tener una capacidad auditiva mucho más sensible que la de las personas y la distancia a la que puede escuchar es cuatro veces más a la del hombre”.
En ese sentido, “los fuegos artificiales pueden generar una pérdida de audición y tinnitus. Los signos que con más frecuencia se pueden observar en un perro son paralización, conductas de evasivas activa (como los intentos incontrolados de escape y de esconderse), temblores y taquipnea (jadeos continuos)”.
“Otros comportamientos frecuentemente asociados a esta respuesta son actividad destructiva, estado de alerta y trastornos gastrointestinales”, cierran.
“Además de estos síntomas, el animal también puede presentar salivación, taquicardia, vocalizaciones intensas, micción o defecación así como piloerección, postura “encogida” con los miembros flexionados, orejas hacia atrás y rabo entre las patas”.
Por otra parte, “los comercios dedicados a la venta de artículos pirotécnicos deberán exhibir en lugar visible un cartel con los alcances de la presente Ordenanza, con texto y forma determinados por el Departamento Ejecutivo”.
Este proyecto “se dispone a reglamentar el uso de determinados artificios, es decir prohibiendo aquellos que generen efectos sonoros y permitiendo el uso de aquellos que no generen estos efectos ya explicados. A su vez, tampoco avanza en regulaciones atinentes a la fabricación y a la comercialización, por entender que la misma queda dentro del ámbito de competencias de legislación nacional”, aclaran.
“Si bien los artificios de pirotecnia están pensados como elementos de celebración, estos generan efectos nocivos para miles de familias, que deben pasar estas celebraciones conteniendo a sus familiares o a sus mascotas. Para estas familias, eventos que implican alegría y celebración se han transformado en eventos que generan una grave sensación de miedo y preocupación”, concluyen los concejales a la espera de su tratamiento y aprobación.