La "clave" para procesar a Carlos Rodríguez fue la declaración de 27 personas. Cómo sigue la causa.
Un hombre fue procesado y continuará detenido en el marco de la causa por la desaparición y crimen de Johana Ramallo, quien fue vista por última vez a fines de julio de 2017 y cuyo cadáver mutilado fue hallado en las costas de la ciudad de Berisso en agosto de 2018, al considerar que el acusado conformaba una organización criminal que “ejercía un rol de dominio”, “explotación y abuso” sobre trabajadoras sexuales en la “zona roja” platense que frecuentaba la víctima.
La “clave” para procesar a Carlos “El Cabezón” Rodríguez fue la declaración de 27 personas, entre ellas varias trabajadoras sexuales y algunos testigos de identidad reservada, que aseguraron que el acusado se aprovechaba de “la situación de vulnerabilidad” de las víctimas, entre ellas Johana Ramallo y hasta algunas de las familiares directas del acusado, para someterlas a abusos con la promesa de suministrarles drogas.
“El Cabezón” Rodríguez quedó imputado de los delitos de “comercio de estupefacientes en concurso ideal con el de explotación económica de la prostitución en la ‘zona roja’ de la ciudad de La Plata, y promoción, facilitación y explotación económica de la prostitución ajena agravados por el abuso de la situación de vulnerabilidad en tres oportunidades”, entre ellos el caso de Johana.
La decisión fue adoptada en las últimas horas por el juez Federal en lo Criminal y Correccional 1 de La Plata, Alejo Ramos Padilla, en un fallo de 144 fojas al que tuvo acceso Télam, en el que aborda con perspectiva de género la situación que atraviesan las trabajadoras sexuales en la “zona roja” platense, ubicada dentro del barrio “El Mondongo”, específicamente entre las avenidas 1, 60, 122 y 72.
El magistrado dispuso, además, un embargo en los bienes del imputado en 10 millones de pesos y solicitó al Programa de Rescate y Acompañamiento a Personas Damnificadas por el Delito de Trata de la provincia de Buenos Aires y la Dirección General de Acceso a la Justicia del Ministerio Público para que asista a otras víctimas que eran supuestamente sometidas por el imputado.
Además, el juez federal cuestionó la investigación policial, tanto en la desaparición y crimen de Ramallo como en el control en la zona donde operaba la red criminal comandada por “El Cabezón” Rodríguez.
“Es claro que no es posible que pudiera generarse, desarrollarse y sostenerse en el tiempo sin, cuanto menos, el incorrecto accionar de las fuerzas de seguridad. En este punto, existen distintos testimonios que señalan que la comisaría Novena de esta ciudad de La Plata actuaba administrando o regenteando este complejo entramado delictual, conformando de ese modo un eslabón esencial para su funcionamiento, sin el cual no habría sido posible su perduración”, dijo el Ramos Padilla en su resolución.
“Ello aún cuando debe señalarse que la desaparición de Johana Ramallo ocurrió en el año 2017 y el objeto de investigación se centró en la búsqueda de su paradero y no en aquellos elementos que permitieron tener por configurada la explotación sexual, que recién ahora se comienzan a analizar penalmente”, aclaró.