{"id":30577,"date":"2023-07-12T18:45:33","date_gmt":"2023-07-12T21:45:33","guid":{"rendered":"https:\/\/larealidaddelaplata.com.ar\/?p=30577"},"modified":"2023-07-12T18:45:36","modified_gmt":"2023-07-12T21:45:36","slug":"juicio-politico-segunda-jornada-de-testimonios-sobre-el-fallo-por-la-coparticipacion-federal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/larealidaddelaplata.com.ar\/index.php\/2023\/07\/12\/juicio-politico-segunda-jornada-de-testimonios-sobre-el-fallo-por-la-coparticipacion-federal\/","title":{"rendered":"Juicio Pol\u00edtico: segunda jornada de testimonios sobre el fallo por la coparticipaci\u00f3n federal"},"content":{"rendered":"\n<p>Durante el encuentro, donde se lleva adelante el juicio pol\u00edtico contra los integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n, por las causales previstas en el Art. 53 de la Constituci\u00f3n Nacional, los testimonios estuvieron enfocados en el an\u00e1lisis del fallo de la CSJN a favor de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires en la disputa por los fondos de coparticipaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>All\u00ed, expusieron Silvina Batakis, ex secretaria de la Secretar\u00eda de las Provincias, Ministerio del Interior; Pedro Oscar Goyochea, asesor General de Gobierno de la Provincia de la Rioja; Marcos Denett, fiscal de Estado de la provincia de Catamarca; Ra\u00fal Julio C\u00e9sar Abate, fiscal de Estado de la provincia de Santiago del Estero; y Fernando Pablo Tanarro, fiscal de Estado de la provincia de Santa Cruz.<\/p>\n\n\n\n<p>Para dar inicio a las testimoniales, en primer lugar, hizo uso de la palabra Batakis, actual titular del Banco Naci\u00f3n Argentina, quien explic\u00f3 sobre los fondos de coparticipaci\u00f3n a favor de la Ciudad que no encontraron ning\u00fan antecedente de los tres decretos de la gesti\u00f3n del ex presidente Mauricio Macri. En este sentido, critic\u00f3 que \u201cel primer decreto ni siquiera establece los motivos por los cuales se aumenta el porcentaje de 1,4 a 3.75\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa Auditor\u00eda de la Ciudad trabaj\u00f3 sobre las erogaciones vinculadas con la transferencia de seguridad. El informe establece que no hab\u00eda ning\u00fan fundamento para poder llevar al 3,75 y que hab\u00eda inconvenientes para acceder a la informaci\u00f3n\u201d, agreg\u00f3. Y, en tanto, puntualiz\u00f3 con respecto a la coparticipaci\u00f3n: \u201cPara poder abordar las erogaciones, la variaci\u00f3n tendr\u00eda que haber sido 0,92% y fue en exceso. Del 2.32 al 3.75 es todo el exceso que tuvo\u201d, expres\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-video\"><video controls src=\"https:\/\/primereando.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/07\/Video-de-WhatsApp-2023-07-04-a-las-23.24.44-6.mp4\"><\/video><\/figure>\n\n\n\n<p>Al respecto, detall\u00f3 que \u201ctendr\u00eda que haber venido un segundo decreto, que no es reglamentario, pero simplemente lo que hace es corregir una omisi\u00f3n de informaci\u00f3n y explicar por qu\u00e9 se hab\u00eda hecho ese incremento; no hay ning\u00fan informe t\u00e9cnico ni fundamentos que explique ese paso\u201d, especific\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>En tanto, brind\u00f3 testimonio Abate (Fiscal de Estado- Santiago del Estero), que expres\u00f3: \u201cEn reuni\u00f3n de gobernadores que se realiz\u00f3 en 2022, en virtud de las circunstancias que eran tratadas en esta causa se me instruy\u00f3 para participar como Amicus Curiae\u201d. \u201cSer\u00edamos amigos del tribunal si lo hubiesen permitido, la primera presentaci\u00f3n se realiz\u00f3 en abril 2022 porque se trataba de una causa en donde estaba directa o indirectamente comprometida la coparticipaci\u00f3n federal y, en tanto, se trata de derecho intrafederal\u201d, explic\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cTodos los participantes de la coparticipaci\u00f3n tienen inter\u00e9s en la misma por eso solicit\u00e1bamos ser escuchados y, a trav\u00e9s de ello, se dispone que concurra ante la Corte\u201d. \u201cTenemos un problema con la Corte de comunicaci\u00f3n. Evidentemente la corte ha decidido el silencio, es desidia y es un desprecio a las provincias\u201d, dijo el funcionario.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEl fallo de la Corte -como opini\u00f3n t\u00e9cnica- es verdaderamente sorprendente en tanto suspend\u00eda la aplicaci\u00f3n de una ley que no hab\u00eda sido declarada constitucional y, establec\u00eda un porcentaje arbitrario o caprichoso. A lo mejor ese porcentaje es menos o m\u00e1s pero no fruto de estudios t\u00e9cnicos que determinen si ese porcentaje es justo\u201d, asever\u00f3 el testigo.<\/p>\n\n\n\n<p>El testimonio de Goyochea (Asesor Gral. de Gobierno La Rioja) vers\u00f3 en torno a la figura de Amicus Curiae \u201cpara participar en este proceso judicial y ser escuchados, ya que la acordada de esta figura- contempla los juicios de car\u00e1cter ordinario como los que se presentan en materia originaria como es este caso entre el Estado y CABA\u201d. En Julio y diciembre 2022 \u201drealizamos la presentaci\u00f3n para ser amigos del tribunal y no tuvimos respuesta\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El asesor aclar\u00f3 que se tomaron dos aspectos para esa presentaci\u00f3n uno que \u201ctiene que ver con una naturaleza hist\u00f3rica\u201d (estructura y rol de las provincias del norte) y el otro con una \u201ccuesti\u00f3n de car\u00e1cter jurisprudencial\u201d. \u201cHemos advertido que la Corte a partir de 2017 adopt\u00f3 lo que se denomina un nuevo standard en lo referido a las presentaciones de CABA, para poder tener participaci\u00f3n en causas originarias, es decir, admitir la CABA para estos juicios originarios. Desde el a\u00f1o 2004 la Corte Suprema de manera coherente y sistem\u00e1tica ha venido rechazando esa capacidad ya que les corresponde \u00fanicamente a las provincias\u201d, especific\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEn el 2017 adquiri\u00f3 la posibilidad en el proceso judicial CABA contra C\u00f3rdoba de tener esa incidencia de car\u00e1cter originario. Por una ejecuci\u00f3n fiscal CABA logra obtener esta situaci\u00f3n de privilegio que es poder de manera originaria participar en instancias de car\u00e1cter judicial. Marca un predominio de car\u00e1cter jurisprudencial que en este caso ha concedido un predominio de car\u00e1cter econ\u00f3mico generando desigualdades\u201d, manifest\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte, Denett, fiscal de Estado de Catamarca, testific\u00f3 que la provincia se \u201caperson\u00f3 sobre esta causa\u201d ejerciendo facultades de la acordada de la Corte bajo la figura de Amicus Curiae, que calific\u00f3 como \u201cuna figura de car\u00e1cter republicano que nos ha permitido incorporarnos en este proceso\u201d. \u201cLa presentaci\u00f3n de la provincia se hizo manifestando que no \u00e9ramos parte de este proceso, pero ten\u00edamos legitimaci\u00f3n para intervenir ya que nos interesaba dar cuenta del desfasaje a favor de la CABA\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cNuestra parte cumpli\u00f3 con todos los requisitos que la propia Corte hab\u00eda establecido para que nosotros nos incorporemos, entre ellos, manifestar que no \u00e9ramos parte en dicho proceso, que ten\u00edamos legitimaci\u00f3n para intervenir, que el debate realmente nos interesaba y que nuestra posici\u00f3n jur\u00eddica era de ratificaci\u00f3n de lo que Naci\u00f3n hab\u00eda manifestado al contestar su demanda y su correspondiente reconversi\u00f3n. Jam\u00e1s nos contestaron, se otorg\u00f3 una suma que no ten\u00eda fundamento y se violent\u00f3 el federalismo de concertaci\u00f3n\u201d, asegur\u00f3 el testigo de Catamarca.<\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo, el fiscal de Estado de Santa Cruz, Tanarro testific\u00f3 que \u201centend\u00edamos que el mecanismo de coparticipaci\u00f3n es sumamente complejo y que cualquier decisi\u00f3n que se pueda tomar respecto de recursos fiscales podr\u00eda incidir en las econom\u00edas y finanzas de distintas provincias de una manera directa o indirecta. Por eso cuando tomamos conocimiento de la causa, de que se estaba pidiendo y tramitando, decidimos recurrir al instituto del Amicus Curiae para dejar sentada nuestra posici\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cQuer\u00edamos sustentar que nos presentamos en la causa 1141 por la cual se pretend\u00eda la inconstitucionalidad del decreto 735. Nosotros quer\u00edamos, a trav\u00e9s de esta presentaci\u00f3n, en este caso de terceros ajenos a las partes en el conflicto; la idea era argumentar respecto a la constitucionalidad para nosotros del art\u00edculo 735 y de la importancia de que se mantuviera la ley 27.606 vigente porque cualquier otra situaci\u00f3n pod\u00eda influir en la finanzas de las provincias\u201d, puntualiz\u00f3 el fiscal.<\/p>\n\n\n\n<p>Al comienzo de la reuni\u00f3n, se aprob\u00f3 la solicitud del diputado Rodolfo Tailhade (FdT) de convocar a Alejandro Otero, actualmente funcionario de la Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos (AFIP) y quien hab\u00eda elaborado un estudio sobre el reparto de recursos coparticipables, exponiendo en el Senado, a declarar ante la Comisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La Comisi\u00f3n retomar\u00e1 la agenda sobre tema coparticipaci\u00f3n el martes&nbsp;1&nbsp;de&nbsp;agosto.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Durante el encuentro, donde se lleva adelante el juicio pol\u00edtico contra los integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n, por las causales previstas en el Art. 53 de la Constituci\u00f3n Nacional, los testimonios estuvieron enfocados en el an\u00e1lisis del fallo de la CSJN a favor de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires en la disputa por los fondos de coparticipaci\u00f3n. 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