El Tribunal de Trabajo N°1 confirmó la multa impuesta a la empresa Pedidos Ya por irregularidades en la registración de los trabajadores de la plataforma y, de ese modo, se sumó a los tribunales N°2 y 4 al considerar que existe relación de dependencia entre los repartidores y la firma.
El Tribunal de Trabajo Nº 2 del Departamento Judicial La Plata ya había fallado contra la empresa Rappi, el 29 de septiembre pasado, con argumentos similares. Mientras que el Tribunal del Trabajo Nº 4 confirmó el 10 de septiembre la vigencia de las multas a la plataforma digital Glovo por un incumplimiento similar de las normativas laborales.
Las sanciones, que se aplicaron en junio, se desprendieron de un operativo realizado en 2020 en el que se relevó la situación de 172 trabajadores de La Plata, San Isidro, Vicente López, Avellaneda, Lanús, Lomas de Zamora, Quilmes y La Matanza. Se detectó entonces la falta de cobertura en materia de salud laboral, pago de aguinaldo y el otorgamiento de vacaciones entre más del 97% de las y los repartidos relevados.
Después de la apelación de la empresa, el Tribunal de Trabajo N° 1 hizo hincapié en que la Constitución bonaerense manda al Estado provincial a ejercer el poder en materia “de policial laboral”. Los miembros del Tribunal consideraron que Pedidos Ya, “más allá de sostener lo contrario en algún pasaje de su defensa, admite la prestación de servicios por parte de los repartidores a quienes se vincula mediante un contrato comercial –que adjuntó como prueba instrumental–, mediante los cuales desarrolla su objeto de explotación, esto es el delivery de comidas y paquetería a domicilio, dentro de lo que denomina e-commerce”.