El Gobierno estableció los parámetros para la vuelta a las oficinas de la administración pública.

Publicado el: 17 agosto, 2021 Publicado por: Luca Comentarios: 0

A partir de este lunes, los empleados públicos volverán a las oficinas de manera escalonada y según los parámetros que estableció el Estado Nacional. El retorno cotará con estrictos protocolos sanitarios para evitar contagios de COVID-19.

La Secretaría de Gestión del Empleo Público de la Jefatura de Gabinete estableció que se podrá citar a la presencialidad a los trabajadores con al menos una dosis y con 14 días de vacunados, en un esquema similar al que se estableció para el sector privado.

“Serán convocables al retorno a la actividad laboral presencial aquellos que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19, independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos 14 días de la inoculación”, establece la norma que lleva la firma de la secretaria de Empleo Público, Ana Gabriela Castellani.

En la misma norma que tiene vigencia a partir de mañana, en su artículo tercero, señala que la modalidad de prestación de trabajo “deberá ser notificada fehacientemente por su superior jerárquico a cada agente por lo menos 72 horas hábiles antes de su efectivo cumplimiento”.

En el caso de aquellos que hayan optado por no inocularse, “deberán actuar de buena fe, dirigiéndose al Departamento de Sanidad (o su equivalente en cada organismo), a fin de obtener información sobre la vacuna en cuestión” y llevar adelante el proceso de vacunación.

Pero, de continuar con la decisión de no vacunarse “deberán firmar una nota con carácter de declaración jurada expresando los motivos de su decisión y comprometiéndose a tomar todos los recaudos necesarios para evitar los perjuicios que su decisión pudiere ocasionar al normal desempeño del equipo de trabajo al cual pertenece, debiendo ser convocados a la prestación presencial de labores”.

En el caso de que un trabajador sea citado a su puesto presencial y no cumplieran con la presencialidad, “serán pasibles de las sanciones que correspondan de conformidad con el régimen disciplinario aplicables”.